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VAMOS CON TU FUTURO

¿Se puede heredar un plan de pensiones de empleo?

Antonio Bret

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Planifica tu futuro pensando también en los tuyos. Aclara tus dudas sobre la fiscalidad y las opciones de rescate para los beneficiarios de tus planes de pensiones.

Ana

Hola Susana ¿Puedo hacerte una consulta? Es por el plan de empleo.

Susana

Hola, Ana. Claro, cuéntame.

Ana

Estoy dándole vueltas a qué pasará con ese dinero si me pasa algo antes de jubilarme…

Susana

Normal, pero no te preocupes. Recuerda que puedes rescatarlo en caso de incapacidad, desempleo, enfermedad grave o dependencia

Ana

¿Y en caso de fallecimiento?

Susana

En ese caso será para los beneficiarios que hayas designado. Podrán rescatarlo cuando quieran.

Ana

Están mis sobrinos… pero ¿tendrán que pagar impuesto de sucesiones?

Susana

No, los planes de pensiones no forman parte de la masa hereditaria y no están sujetos al impuesto de sucesiones. Además, tampoco están sujetos al impuesto de patrimonio.

Ana

¿Y cuando lo rescaten?

Susana

Cuando lo cobren, el plan tributará en el IRPF de tus sobrinos como rendimientos del trabajo.

Ana

¡Todo aclarado! ¡Gracias, Susana!

El saldo del plan será para las personas que quieras y en la proporción que decidas

Planes de Pensiones de Empleo

Si piensas en tu futuro, probablemente ya eres consciente de la importancia de complementar tu pensión pública con algún producto de ahorro a largo plazo para la jubilación, como los planes de pensiones. Pero ¿qué ocurrirá con el dinero que consigas ahorrar con tus planes cuando ya no estés? En ese caso, el funcionamiento de un plan de empleo y el de un plan de pensiones individuales es prácticamente igual: en ambos casos, serán para los beneficiarios que hayas designado. Te contamos más sobre las opciones que tienen para rescatar el plan y cómo les afectará fiscalmente.

 

Beneficiarios de los planes de empleo

 

El objetivo de los planes de pensiones es generar un colchón económico de cara a la jubilación. Pero hay otras circunstancias en las que podría rescatarse: incapacidad, desempleo, enfermedad grave, dependencia o fallecimiento. En los cuatro primeros supuestos, al igual que en la jubilación, el beneficiario del plan siempre será quien lo contrató. Sin embargo, en caso de fallecimiento, quien lo recibe es otra u otras personasPuedes indicar quiénes serán esas personas en el momento de la contratación. No obstante, puedes cambiar los beneficiarios de tu plan de pensiones cuantas veces quieras. También tienes la opción de establecer diferentes porcentajes para cada uno de ellos. En tu decisión puedes tener en cuenta la situación personal y económica de los tuyos, así como compensar a otras personas que podrían quedarse fuera de tu herencia.

 

¿Se pueden heredar los planes de pensiones?

 

No exactamente. Se suele hablar de “heredar un plan de pensiones”, pero en realidad no hay herederos sino beneficiarios. De hecho, los planes de pensiones no forman parte de la masa hereditaria. Por tanto, no están sujetos al impuesto de sucesiones y donaciones. Eso no quiere decir que no tributen, pero lo hacen en el momento del rescate como rendimientos del trabajo. Ahora entraremos en detalle sobre cómo cobrarlo y cuál es su fiscalidad.

 

¿Cómo pueden rescatar un plan de empleo sus beneficiarios?

 

No es necesario cobrarlo en el momento del deceso, sino que los beneficiarios pueden mantenerlo y rescatarlo cuando lo necesiten. Llegado ese momento, el cobro podrá hacerse:

• Como capital.

• En forma de renta, recibiendo una mensualidad o una cantidad periódica.

• Aplicando una fórmula mixta, una parte en capital y el resto en forma de renta.

 

¿Qué impuestos pagarán los beneficiarios al rescatar el plan de empleo? 

 

La calificación fiscal aplicada a los ingresos procedentes del plan de empleo es de rendimiento del trabajo. Por tanto, tributan en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). El IRPF del beneficiario determinará el pago tributario, por lo que deberá tener en cuenta en qué tramo se situaría, ya que aumentará su base imponible, y decidir cuál es el mejor momento para rescatar el plan. Si el plan cuenta con aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006, podrá beneficiarse de una reducción del 40% siempre que solicite el rescate en el año del fallecimiento o los dos años posteriores al mismo.

Puedes estudiar cada escenario en función de si se aplica el derecho común del Código Civil

Planes de Pensiones de Empleo

El papel de los planes de pensiones en la planificación sucesoria

 

¿Has pensado alguna vez en planificar tu sucesión?  Aunque aún no hayas realizado testamento, si designas beneficiarios en tus planes de pensiones ya has tomado una decisión. El saldo del plan será para las personas que quieras y en la proporción que decidas. Además, puedes modificar esta decisión tantas veces como desees. Dentro de tu planificación sucesoria, es una opción interesante si quieres… 

 

• Dejar patrimonio a personas que no sean tus padres, hijos o cónyuges. Por ejemplo, a hermanos o sobrinos, que, por el grado de parentesco, podrían tener que pagar una cantidad elevada en el impuesto de sucesiones.

 

• Dejar patrimonio a personas sin ingresos o con unos ingresos muy bajos, para que pueda disponer de él periódicamente. Por ejemplo, nietos que lo puedan rescatar en forma de renta mientras estudian y que, a pesar de recibir ese ingreso, probablemente no lleguen al mínimo para presentar la declaración de la renta. 

 

• Favorecer a alguno de tus herederos. Puedes estudiar cada escenario en función de si se aplica el derecho común del Código Civil o alguno de los derechos forales existentes en España. ¿Y si no designas ningún beneficiario? El reglamento del plan de pensiones determina, en este caso, quién recibirá el dinero (en general, el cónyuge y los descendientes). Si tienes dudas a la hora de planificar tu futuro y el futuro de los tuyos, lo más recomendable es revisar las condiciones de tus planes de pensiones y contar con el asesoramiento de especialistas en la materia.

“Vamos con tu futuro. Saber más para decidir mejor” es un proyecto de Ibercaja, el Banco del Vamos, con información de interés para la toma de decisiones financieras. Más información en este enlace https://vamoscontufuturo.ibercaja.es/. Además, acompaña durante todo el proceso de constitución del plan de empleo, llevando a cabo un análisis pormenorizado de las necesidades de las empresas y ofreciéndoles la propuesta que mejor se adapte al negocio y a su modelo de gestión. Desarrollamos este proyecto para Ibercaja a través de un formato visual, explicativo y dinámico.  Coordinación: Jaime Muñoz, Pablo Martinez-Pardo. Diseño UI y Dirección de Arte : Alessandro Marra. Maquetación: Susana Gonzalez, Gonzalo Cachón. Producción: Content Factory

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