Salamanca
Cárcel por dar de alta a siete extranjeros en una empresa de Herguijuela de la Sierra sin saberlo el dueñoEl condenado realizaba la gestión de las cuestiones laborales, contables y fiscales de la empresa de construcción y después simuló ser el dueño para intentar librar las multas de Trabajo
La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a dos años de cárcel a un hombre por falsedad documental. Al condenado, empleado de una empresa de construcción de la localidad salmantina de Herguijuela de la Sierra y según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, le encomendó el dueño de la empresa la gestión de las cuestiones laborales, contables y fiscales de dicha actividad.
Publicidad
El citado varón, que ya tenía antecedentes penales no computables a esta causa, realizó a partir de entonces todos los trámites de gestión con la Seguridad Social como autorizado RED de la empresa. Así tramitó las altas y bajas de varios ciudadanos extranjeros en la seguridad social, sin el consentimiento, ni conocimiento del dueño.
Actuación de la Inspección de Trabajo
Fue entonces cuando la Inspección de Trabajo inició una actuación frente a la empresa citada para constatar si se trataba de una empresa ficticia. Según los datos del sistema de información laboral, la empresa citada había tenido de alta en la seguridad social en el correspondiente código de cuenta de cotización a siete trabajadores extranjeros, quienes, a excepción de uno, ninguno tenía experiencia en el sector de la construcción y habían estado dados de alta en diversos periodos muy cortos de dos o tres meses, entre aproximadamente abril de 2017 y julio de 2019.
El acusado, como autorizado RED, fue citado el 4-10-2021 a las oficinas de la inspección provincial, no presentando la documentación requerida, y nuevamente citado el 18 de octubre, no compareció.
Se elaboró acta de infracción, con fecha 10-12-2021, con relación a los hechos referidos y se resolvió proponer una sanción por la comisión de una infracción muy grave, por simulación de relación laboral, en la cuantía de setenta mil siete euros correspondiente a los siete trabajadores afectados.
El acusado, actuando sin el consentimiento, ni conocimiento, del dueño, al objeto de encubrir que había dado de alta a los trabajadores referidos cometiendo la infracción descrita, presentó un manuscrito simulando ser este dirigido a la Jefatura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social impugnando el acta de infracción, en el que manifestaba que no se había cometido ningún fraude, con fecha 3 de enero de 2022.
Publicidad
La Inspección resolvió elevar la propuesta de sanción a la Subdelegación de Gobierno modificando las cuantías propuestas en el acta de infracción y proponiendo una sanción de 30.003 euros, por entender que respecto de cuatro trabajadores había prescrito la infracción administrativa. En resolución de 9-5-2022 la Subdelegación de Gobierno acordó imponer la mencionada multa de 30.003 euros al dueño de la empresa.
El acusado, nuevamente, con la finalidad antes descrita, sin conocimiento ni consentimiento del dueño, presentó ante la Subdelegación de Gobierno en Salamanca un escrito mecanografiado, con fecha 20-7-2022, en el que insertó una firma simulando ser el dueño manifestando que no se había cometido ningún fraude e impugnando la sanción.
Publicidad
En resolución de 2-8-2022, la Subdelegación desestimó el recurso confirmando la resolución de 9-5-2022, requiriendo al dueño para que hiciera efectiva la multa y al conocer este último la situación y que se le imponía el pago de una sanción por hechos que él no había realizado formuló denuncia.
Como consecuencia directa de los referidos hechos se le han ocasionado al denunciante (dueño) unos perjuicios por la imposición de la sanción y por la obligación de pagos de las cuotas fraudulentas, etc.
Publicidad
Condena
De esta forma, según la sentencia se condena al acusado como autor directamente responsable de un delito de falsedad documental, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y de multa de seis meses, con una cuota diaria de tres euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, prevista legalmente.
Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión