Condenado a 15 años de cárcel un canguro contratado en Salamanca por agredir a dos niñas de cuatro años
El condenado aprovechaba su condición de cuidador para bajarles las braguitas y realizarles tocamientos en la zona genital y anal, además de lamer sus zonas íntimas
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca que impuso a un hombre 15 años de prisión por dos delitos de agresión sexual a dos niñas menores de cuatro años.
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El acusado había sido contratado en julio de 2023 a través de la página web 'Topnanny' por una mujer para que se encargara del cuidado de sus hijas, nacidas en 2019 y 2021 (ambas menores de cuatro años en el tiempo en el que han ocurrido los hechos) durante tres sábados consecutivos. En concreto han sido los días 8, 15 y 22 de julio de 2023, durante unas cuatro horas, comprendidas entre las 13:00 y las 19:00 horas según las necesidades laborales de los padres de las menores.
El acusado se desplazó a la vivienda de la menores y, según consta como probado en la sentencia, en al menos una ocasión de alguno de los sábados mencionados, aprovechó que se quedaba a solas con las menores para bajarles las braguitas y realizarles tocamientos en la zona genital y anal, además de lamer sus zonas íntimas.
La Audiencia Provincial condenó al acusado como autor criminalmente responsable de dos delitos de agresión sexual a menores de cuatro años, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de siete años, seis meses y un día de prisión por cada uno de los delitos. Además, se le impuso la prohibición durante un plazo de diez años de aproximación a menos de 250 metros de las víctimas, de su domicilio y de cualquier lugar donde estas se encuentren, así como a comunicar con ellas por cualquier medio y a la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, por un tiempo de trece años por cada uno de los delitos.
En concepto de responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a cada una de las niñas en la cantidad de 3.500 euros.
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La defensa del acusado había alegado que «no resulta suficientemente probado que referidos actos de tocamiento o de lamer la zona anal y genital de las menores se hubieran repetido durante cada sábado que el acusado estuvo al cuidado de estas». Alegó, además, como motivos de impugnación, los de infracción de la presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba, así como error en la determinación de la responsabilidad civil.
El TSJ, sin embargo, ha desestimado el recurso ya que considera que el testimonio de una de las niñas constituye una prueba de cargo «eficaz y suficiente» para la condena. Además, valora el resto de las pruebas para concluir que «más allá de toda duda razonable, el acusado cometió contra ella y su hermana los actos de agresión sexual descritos, lo que justifica la condena impuesta», como se recoge en la sentencia.
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