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Ignacio Sánchez Galán. EFE
El juez del 'caso Villarejo' archiva la causa contra Galán por prescribir los delitos

El juez del 'caso Villarejo' archiva la causa contra Galán por prescribir los delitos

García Castellón ha mantenido un año imputado al presidente de Iberdrola y tras un reciente auto de la Sala Penal, y pese a los indicios hallados, se ve obligado a cerrar el procedimiento

Mateo Balín

Madrid

Jueves, 23 de junio 2022, 12:11

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El día en que se cumple un año exacto de su imputación en el 'caso Villarejo', el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado poner fin al calvario judicial del presidente de Iberdrola Ignacio Sánchez Galán, investigado por los contratos de seguridad y espionaje firmados por la compañía con la empresa del comisario hoy jubilado, valorados en 1,04 millones de euros.

Tras doce meses de duros reproches en sus escritos y de un áspero enfrentamiento entre juez e investigado, García Castelón ha levantado la imputación de Galán en un auto de diez páginas en el que concluye que los delitos que le atribuía -cohecho activo, contra la intimidad y falsedad documental- están prescritos y, por lo tanto, la presunta responsabilidad penal ha quedado extinguida.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número seis ha estimado así la solicitud de la defensa del presidente de la energética. Detalla que su condición de investigado se vincula con los proyectos de seguridad Arrow (ejecutado entre 2004 a 2006), Black Board o B-B (años 2004 y 2005) y los Proyectos Gipsy y Posy (2009), cuando ejercía primero como vicepresidente y consejero delegado de Iberdrola y después, desde 2006, como presidente de la principal compañía del Ibex-35 por capitalización bursátil.

Es decir, han pasado al menos 12 años desde que se llevaron a cabo estos trabajos de espionaje contratados a Cenyt, la empresa de Villarejo, hasta que se abrió la causa penal contra Galán, en junio de 2021.

El juez ha basado el archivo en un auto de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, dictado el pasado 3 de junio, en el que los tres magistrados resolvían el recurso de apelación de otro investigado por delitos de cohecho activo, contra la intimidad y continuado de falsedad en documento mercantil por hechos que tuvieron lugar hasta el mes de marzo de 2009.

En esa resolución, relativa al exjefe de Gabinete del presidente, Rafael Orbegozo, la Sala indicó que "es evidente que el único hecho atribuido al investigado estaría prescrito conforme a los artículos 130.6 y 131 y 132.1 del Código Penal, al haber transcurrido más de diez años entre marzo de 2009 y el 23 de junio de 2021 que es cuando se abrió el procedimiento". Por tanto, la Sala acordó la prescripción como circunstancia extintiva de la responsabilidad y el sobreseimiento libre para Orbegozo.

Enredos y quebranto reputacional

Con este precedente, el juez considera ahora respecto a Galán que "la contundencia de esta resolución no deja margen de actuación a este instructor, quien de forma reiterada había desestimado las solicitudes de sobreseimiento y archivo efectuadas por el investigado en diferentes resoluciones, la última de ellas en marzo pasado", explica.

En ese auto, García Castellón decidió continuar la causa contra el máximo responsable de Iberdrola porque, en su opinión, conoció los contratos con Villarejo. Lo hizo después de que Galán le acusara de generarle un "grave quebranto" jurídico y reputacional, de crear "enredos" en la instrucción y desconocer la causa.

García Castellón indica ahora, además, que la participación del investigado comprendería un periodo temporal que llegaría hasta el año 2009, por lo que atendiendo el "tenor literal" del auto de la instancia superior "debemos constatar que han transcurrido más de diez años entre la fecha en que se cometió el último hecho imputado y la de su citación como investigado".

"Puede concluirse conforme a los argumentos transcritos que los delitos imputados estarían prescritos, por lo que no cabría otra opción más que declarar la presencia de esta circunstancia extintiva de la responsabilidad y, con ello, decretar el sobreseimiento libre", finaliza el magistrado.

En el mismo auto y con el mismo argumento, el magistrado también acuerda el sobreseimiento respecto de otros dos directivos investigados: José Luis San Pedro, exnúmero dos de Iberdrola, y Juan Carlos Rebollo en cuanto al delito de cohecho, si bien por el de coacciones en relación de la denuncia del exdirectivo de Iberdrola José Antonio del Olmo acuerda remitir la causa a un juzgado de Bilbao por no ser competente para instruir estos hechos.

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