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Conducir con el móvil en la mano P.F.
Cómo puedo recurrir una multa por usar el móvil al volante

Cómo puedo recurrir una multa por usar el móvil al volante

El uso del móvil al volante sigue siendo una de las principales causas de sanción en España, representando un preocupante 33% de las multas de tráfico

A.P.

Lunes, 30 de septiembre 2024, 12:00

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El uso del teléfono móvil durante la conducción se ha convertido en una infracción recurrente. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), el 33% de las multas impuestas por los agentes de tráfico están relacionadas con este comportamiento. Un estudio de la Fundación VINCI Autoroutes revela que el 67% de los conductores menores de 35 años utiliza el teléfono mientras conduce. Además de las llamadas y los mensajes, un porcentaje alarmante de conductores no duda en utilizar su teléfono móvil para ver vídeos y series mientras conduce. Más datos de la DGT recogen que el 26% de los jóvenes menores de 35 años ha admitido que visualiza contenido audiovisual en su dispositivo al volante.

Este comportamiento no solo pone en riesgo su propia seguridad, sino también la de todos los usuarios de la vía, ya que las distracciones pueden tener consecuencias fatales. Y no solo eso. La Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial es clara: usar el teléfono móvil al volante supone una infracción grave. Según el artículo 13,3, se prohíbe la «utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación, salvo que se usen sin las manos ni auriculares».

Así que, si te pillan sujetando el móvil mientras conduces, la sanción será de 200 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir, según lo estipulado en el Anexo II de la Ley. Manipular dispositivos de navegación o realizar cualquier acción que distraiga la atención también puede acarrear una sanción, reduciendo la pérdida de puntos a 3 en caso de distracción sin uso directo del móvil.

Para los motoristas, el uso de dispositivos de reproducción de sonido (como auriculares) también está sancionado. Sin embargo, algunas sentencias recientes han aclarado que los dispositivos bluetooth adheridos al casco no interfieren en la percepción del sonido de la vía, como en la sentencia SJCA No 300/20.

Llegado este punto, si te han multado por el uso del móvil mientras conduces, dispones de 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones. Pyramid Consulting recomienda solicitar el informe del agente y cualquier prueba relevante para respaldar tu caso. Si la multa no se notificó correctamente en el acto, puedes recurrirla argumentando falta de información.

Aunque los agentes de tráfico cuentan con presunción de veracidad en sus denuncias, la ley exige que estas estén respaldadas por pruebas concretas. Como explica Belén López Fernández, jurista del Departamento Jurídico de Pyramid Consulting, «la Constitución garantiza tanto la presunción de inocencia como el derecho a presentar pruebas (STSJ Madrid No 407/2010). Por eso, analizamos cada caso de manera individual para asegurarnos de que los derechos de los conductores estén protegidos y se respeten los principios fundamentales del derecho».

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