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Atentado en la localidad oscense de Sallent de Gállego en 2000, origen de la querella Rc
El juez reabre el sumario de Sallent de Gállego tras la denuncia contra los exjefes de ETA por tentativa de genocidio

El juez reabre el sumario de Sallent de Gállego tras la denuncia contra los exjefes de ETA por tentativa de genocidio

García Castellón da traslado a la Fiscalía de la demanda tras asegurar que existen «indicios» para actuar contra la excúpula terrorista

Martes, 28 de febrero 2023, 12:13

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha ordenado la reapertura del sumario por el asesinato de los dos guardias civiles a manos de ETA el 20 agosto de 2000 en la localidad oscense de Sallent de Gallego, tras la demanda que la Asociación Española contra la Impunidad y para el avance de los Derechos Humanos presentó la semana pasada en este sumario contra diez exjefes de ETA, al entender que el atentado de Aragón fue solo una pieza más en el genocidio fallido intentado por la banda terrorista.

El instructor, en una resolución a la que ha tenido acceso este periódico y firmada el pasado lunes, afirma que de la «actuaciones recibidas» se «desprenden indicios por los cuales podría atribuirse a personas determinadas una participación en los hechos punibles investigados».

Por ello, tras reabrir el sumario, da traslado a la Fiscalía para que se manifieste y decida si apoya la querella presentada por la Asociación Española contra la Impunidad y para el avance de los Derechos Humanos, dirigida contra los diez activistas, que, según los informes policiales, dirigían la banda cuando ETA asesinó con una bomba lapa en los bajos de su coche patrulla a los guardias civiles Irene Fernández Perera y José Ángel de Jesús Encinas. Se trata de Ignacio de Gracia Arregi, 'Iñaki de Rentería'; Javier García Gaztelu, 'Txapote'; Juan Antonio Olarra, 'Juanvi'; Ainhoa Mujika; 'Olga'; Asier Oyarzabal, 'Baltza'; Juan Carlos Iglesias, 'Gadafi'; Mikel Albisu, 'Mikel Antza'; Vicente Goikoetexea, 'Willy'; Ramón Sagarzazu, 'Ramontxo'; y Soledad Iparragirre, 'Anboto'.

Todos ellos, sostiene la demanda, serían imputables por los asesinatos de los dos guardias en Huesca pero también por los 327 asesinatos «impunes» de ETA cometidos después del 24 de mayo de 1976. Justo 20 años antes del día que entró en vigor la reforma del Código Penal de 1995 que estableció que el único delito imprescriptible antes de que fueran aplicables los delitos de lesa humanidad (2004) era el de genocidio.

Naciones Unidas

Ante el anterior rechazo de la Audiencia Nacional a investigar por genocidio a la cúpula de ETA, la acusación explora ahora la vía de la «tentativa de genocidio» de acuerdo con la Resolución 780/1992 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que define los tres indicios que, conjuntamente, apuntan a una «fuerte indicación de genocidio, independientemente del número real de muertos»: los «ataques» al «conjunto del liderazgo de un grupo»; el asesinato de las «fuerzas aplicativas de la ley» como policías, militares, jueces o fiscales; y la «huida» de un «número relativamente grande de miembros del grupo» sometido al acoso.

Con esta base, argumenta la Asociación Española contra la Impunidad, los asesinatos sin aclarar de ETA anteriores a mayo de 1976, aunque hayan pasado mucho más allá de 20 años, pasarían a ser imprescriptibles dado que esos atentados mortales fueron «instrumentos» para cometer el genocidio frustrado.

Los asesinatos -explica la demanda- se cometieron en «concursalidad» con el genocidio; y el Supremo, «en una jurisprudencia constante de décadas», ha fijado que el delito más grave, cuando está ligado con otro menos grave, es el que marca la prescripción de ambos. «En estos supuestos la unidad delictiva prescribe de modo conjunto, de modo que no cabe apreciar la prescripción aislada del delito instrumental mientras no prescriba el delito más grave o principal», abunda la querella firmada por Miguel Ángel Rodríguez.

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