Rebaja de nueve meses por abusar sexualmente de su pareja de 13 años en Salamanca
El Tribunal Superior de Justicia confirma la pena de tres años de cárcel pero le aplica una rebaja por la ley 'sólo sí es sí'
L.L
Martes, 2 de mayo 2023, 15:19
La Sala de lo Civil y Penal ha rechazado el recurso de la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Selamanca, que condenó a un joven por mantener relaciones sexuales consentidas con su pareja, menor de edad, con quien mantenía una relación análoga al matrimonio por el rito gitano. El Tribunal Supremo de Justicia, no obstante, en aplicación de la conocida como Ley del 'sólo sí es sí', rebaja en 9 meses la pena de tres años de cárcel que le fue impuesta por la audiencia salmantina.
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Los hechos ocurrieron en septiembre de 2020 cuando la pareja se conoció a través de instagram. Él tenía 19 años y ella 12 cuando iniciaron la relación y a través de las costumbre gitanas y por el 'rito del pedimento', donde las familias dieron su visto bueno a la relación, se fueron a vivir juntos. Tras un breve noviazgo, cuando la menor cumplió trece años de edad, tuvieron relaciones sexuales plenas consentidas. A partir de ese momento, la menor se ocupó de las tareas domésticas, no fue escolarizada a pesar de la obligatoriedad por su edad.
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Meses más tarde, rompieron la relación sentimental y la joven mostró a su tía una vez regresó con su familia los hematomas que le había ocasionado el joven con el que vivía. Esta, la llevó al Hospital Virgen de la Concha de Zamora donde atendida por los médicos, examinaron las múltiples quemaduras y hematomas de su cuerpo. Sin embargo, en ese examen el médico forense concluyó que podían ser propias de autolesione aunque no ha podido ser probado.
La menor ha recibido tratamiento psicológico desde el programa de tratamiento psicológico con infancia maltratada, por derivación de la sección de protección a la infancia, donde se aprecia que es una persona dañada psicológicamente, tiene una historia de maltrato por abandono familiar, previa a los hechos denunciados y daño moral compatible también con los hechos enjuiciados.
Así, se condenó al joven de 19 años por un delito continuado de abusos sexuales a una menor de 16 años a tres años de prisión y cinco años de alejamiento además de 3.000 euros por los daños morales producidos. Sin embargo, tras la reforma por la ley 'sólo sí es sí', la pena de prisión resultante será, pues, la de 1 año y 15 meses, o lo que es lo mismo, 2 años y 3 meses, inferior por tanto en 9 meses a la condena.
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