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Número 15 del Arroyo de Santo Domingo en Salamanca, acordonado por la Policía Local en mayo de 2023 por peligro de derrumbe. José Manuel García
Solicitan la declaración de ruina para una casa del Casco Histórico de Salamanca

Solicitan la declaración de ruina para una casa del Casco Histórico de Salamanca

Se trata del número 15 del Arroyo de Santo Domingo, solicitado por el vecino del número 13

Juanjo González

Salamanca

Martes, 26 de noviembre 2024, 09:19

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El Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca recoge este martes la solicitud de declaración de ruina de una casa del Casco Histórico de Salamanca. En concreto de la ubicada en la calle Arroyo de Santo Domingo 15 -justo frente al hotel San Polo-, solicitud «instada por parte del titular del inmueble colindante sito en Arroyo Santo Domingo 13, con fecha 8 de octubre de 2024».

El Consistorio charro abre ahora un plazo de información pública por un periodo de dos meses «significando que el expediente se encuentra a disposición de cualquier interesado en las Oficinas Municipales del Área de Urbanismo y Vivienda, sitas en la C/ Íscar Peyra Nº 24 – 26 (planta 3ª), en horario de 9 a 14h».

Se trata, según recoge el Plan General de Ordenanza Urbana, de un edficio datado de 1961 que además lleva años mostrando un estado de abandono. De hecho, el pasado 4 de mayo de 2023, la Policía Local de Salamanca tuvo que acordonar la vivienda particular por riesgo de derrumbe debido a su estado ruinoso, con grietas que han ido desconchado la fachada con el paso de los años.

¿Qué supone una declaración de ruina?

Como recoge la web municipal, en el caso de que se declare el estado de ruina, la resolución ordenará la rehabilitación o la demolición del inmueble señalando plazos al efecto, y en su caso detallará las obras y medidas necesarias para asegurar la integridad física de los ocupantes y de terceros. «No obstante, no podrá ordenarse la demolición, ni siquiera parcial, cuando se trate de monumentos declarados o en proceso de declaración o de inmuebles catalogados con un nivel de protección que impida la demolición, en cuyo caso la resolución ordenará la ejecución de las obras de conservación o rehabilitación y demás medidas necesarias para reponer las condiciones señaladas en el artículo 19 del RUCyL teniendo en cuenta el régimen de protección del inmueble, y el plazo en el que debe solicitarse la licencia correspondiente», se añade.

En el caso de que se declare el estado de ruina parcial, la resolución ordenará la ejecución de las medidas citadas en el apartado respecto de la parte no declarada en ruina.

Por otra parte, si se deniega finalmente la declaración del estado de ruina, la propia resolución ordenará la ejecución de las obras de conservación o rehabilitación y demás medidas necesarias para reponer las condiciones.

El plazo para la notificación de la resolución es de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Los vecinos serán pisos turísticos

El propietario del inmueble del número 15 dispone ahora de un periodo para presentar alegaciones al respecto.

Según confirman fuentes municipales, los dueños de los números 11 y 13 de la citada calle tienen ya aprobada por parte de la Comisión Técnico Artística los proyectos para la conversión en pisos turísticos de estas dos viviendas.

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