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El Ayuntamiento de La Velles, localidad salmantina integrada dentro de la comarca de La Armuña, ha aprobado recientemente su nueva ordenanza del ruido que ya ha entrado en vigor en su municipio, ordenanza que pone de manifiesto la importancia que se le da al descanso de los vecinos. En este sentido destacan las importantes multas económicas a las que se exponen las personas que puedan exceder los límites de ruido impuestos desde el Consistorio salmantino. La ordenanza se aprobó el pasado 21 de octubre y ha entrado en vigor al mes de ser publicada en el Boletín de la Provincia.
En este sentido serán los propios vecinos los que podrán quejarse al Consistorio de La Velles por escrito. Así, la denuncia por problemas ocasionados por ruidos y/o vibraciones deberá presentarse, por escrito, ante el Ayuntamiento en donde radique el establecimiento o donde se realice la actividad causante del ruido y deberá estar fechada y firmada por el denunciante. En casos de urgencia o acaecidos en horario nocturno, la denuncia podrá ser formulada directamente ante la Guardia Civil.
Eso sí, se advierte de que en caso de resultar la denuncia reiteradamente infundada, serán de cargo del denunciante los gastos originados por la inspección.
Son leves, por ejemplo, el incumplimiento de la limitación de horario de funcionamiento de una actividad, cuando éste se haya impuesto por resolución en un expediente administrativo; ejercer cualquier actividad que pueda causar molestias por ruidos, con las
puertas o ventanas abiertas; la realización de cualquier actividad u obra que cause contaminación acústica fuera del horario permitido; o la realización de denuncias reiteradamente infundadas. Dentro de las graves, se detallan el no comparecer de forma injustificada a una inspección que se le haya notificado previamente; la sustitución, manipulación, o incremento en número de los equipos que componen las instalaciones musicales de un local, salvo los que pueda haber antes de la mesa de mezclas, sin comunicarlo previamente al Ayuntamiento; carecer de contrato del servicio de mantenimiento del limitador-controlador o la comisión de dos o más infracciones leves en el plazo de un año.
Se considera infracción muy grave la comisión de dos o más faltas graves en el plazo de dos años.
Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con multas de 12.001 a 300.000 euros. Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas de 601 a 12.000 euros. Las infracciones leves podrán ser sancionadas con multas de hasta 600 euros.
En este sentido, comparando estas posibles multas con las que tiene por ejemplo el Ayuntamiento de Salamanca, en la capital una multa leve tiene una sanción de hasta 700 euros, la grave de hasta 1.500 euros y/o clausura del local y la muy grave, 3.000 euros y/o clausura del local.
El Consistorio de La Velles considera horario diurno el comprendido entre las 8:00 y las 22:00 horas, y horario nocturno cualquier periodo de tiempo comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas, de lunes a jueves. Para los fines de semana, entendiendo como tales el período de viernes a domingo, el horario diurno comprenderá el tiempo que media entre las 08:00 y las 23:59, y el horario nocturno el restante.
No obstante, el ayuntamiento aclara en su artículo 41 que con motivo de la organización de actos de especial proyección oficial, cultural, deportiva, religiosa o social, el Ayuntamiento, previa valoración de la incidencia acústica, podrá adoptar las medidas necesarias para que temporalmente quede ensuspenso la obligatoriedad del cumplimiento de los valores límite de inmisión sonora que sean aplicables a las áreas acústicas afectadas.
En todo caso, para cada uno de los actos en los que se determine la suspensión provisional de los valores límite de inmisión sonora, el Ayuntamiento deberá emitir un informe, con carácter previo al acuerdo de suspensión, en el que se indique, al menos, lo siguiente: identificación de las actividades asociadas al acto que pueden producir contaminación acústica; delimitación del área espacial donde se llevarán a cabo cada una de las actividades, así como de las posibles zonas de afección; horarios de desarrollo de cada una de las actividades.
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