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La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, se ha cargado de razón para defender no solo la puesta en marcha del impuesto extraordinario a la banca y las energéticas, sino también para hacerlo de cara al futuro, si salen adelante los planes del Gobierno de coalición para explorar su implantación de forma permanente, como ayer anunciaron Pedro Sánchez y Yolanda Díaz. Hacienda ha recaudado este 2.900 millones de euros, según ha anunciado Montero.
Esa cifra procede del segundo pago del impuesto, que las empresas afectadas han realizado en septiembre, después de abonar una primera cuota en febrero. Esta nueva liquidación ha supuesto un desembolso de 1.453 millones de euros, cifra muy similar a la del primer pago, realizado en febrero. De esta cantidad, 827 millones correspondieron al impuesto a las energéticas y 626 millones al de la banca.
Ante estas cifras, Montero ha destacado que los beneficios «realmente cuantiosos» conocidos este miércoles «de una entidad financiera», en referencia al Banco Santander, demuestran el acierto del impuesto a la banca. Además, ha apuntado que la intención es prorrogarlos, aunque antes los evaluarán por si necesitan «algún ajuste».
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Se trata de un importe global muy próximo a los 3.000 millones de euros que tenía previsto recaudar el Ejecutivo con este gravamen temporal cuando lo puso en marcha el pasado 1 de enero. En principio, estaban pensados para aplicarlos otro ejercicio más, pero no implantarlos de forma definitiva. Aunque el acuerdo de gobierno anunciado ayer sí incluía estudiar la posibilidad de prorrogarlos más allá de los dos años para los que estaban pensados.
Ambos gravámenes, el de la banca y el que grava a las energéticas, se configuran como una prestación patrimonial de naturaleza no tributaria. En el caso de las energéticas, afecta a los 'operadores principales', de acuerdo con la normativa reguladora de los mercados y la competencia, así como las personas o entidades que desarrollen en España actividades de producción de crudo de petróleo o gas natural, minería de carbón o refino de petróleo y que generen, en el año anterior al del nacimiento de la obligación de pago de la prestación, al menos el 75% de su volumen de negocios a partir de actividades económicas en el ámbito de la extracción, la minería, el refinado de petróleo o la fabricación de productos de coquería. Su base imponible son los ingresos generados por estas actividades, con un tipo del 1,2%.
En cuanto al gravamen a las entidades financieras, se ven afectadas entidades y establecimientos financieros de crédito cuyos ingresos por comisiones e intereses a los clientes superen los 800 millones de euros. En este caso, la base imponible es la suma del margen de intereses y de los ingresos y gastos por comisiones, y el porcentaje aplicable es del 4,8%.
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