Borrar
Laura Borràs. Efe
La Junta Electoral da 10 días al Parlament antes de decidir la retirada del escaño a Borràs

La Junta Electoral da 10 días al Parlament antes de decidir la retirada del escaño a Borràs

Tras ser condenada a cuatro años y medio de prisión por los delitos de prevaricación y falsedad documental, la líder de Junts se niega dimitir

Cristian Reino

Barcelona

Jueves, 13 de abril 2023, 00:50

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Junta Electoral Central no ha retirado aún el escaño a Laura Borràs, pero ha dado a entender que lo hará más próximamente. El órgano administrativo ha abordado este jueves los recursos presentados por PP, Vox y Ciudadanos, que solicitaron que se ejecute la retirada del escaño a la presidenta de Junts tras ser condenada a cuatro años y medio de prisión y a 13 de inhabilitación por los delitos de prevaricación y falsedad documental. El organismo arbitral mantiene de momento su escaño, aunque podría ser por poco tiempo. Y es que, tras cuatro horas de reunión, ha decidido dar 10 días a la Mesa del Parlament para que informe sobre «las decisiones, resoluciones o cualesquiera otras medidas» haya podido adoptar en relación con este asunto. Borràs y el Parlament podrán presentar alegaciones. Tras recibir esa documentación, la JEC tomará una decisión.

Borràs se niega dimitir como diputada y como presidenta del Parlament, a pesar de que se lo han exigido sectores de su partido y el resto de las formaciones catalanas. Los antecedentes juegan en contra de Laura Borràs. El expresidente de la Generalitat, Quim Torra, y el dirigente de la CUP, Pau Juvillà, perdieron su condición de diputados a pesar de que las sentencias por las que fueron condenados no eran aún firmes. Es el caso en el que se encuentra la presidenta en suspenso del Parlament, que ya ha recurrido su condena.

Según la Junta Electoral, la LOREG señala que son «inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal». «El delito de prevaricación administrativa por el que ha sido condenada Borrás está incluido en el título IX del Código Penal dedicado a los delitos contra la Administración Pública», recuerda la resolución de la JEC, que señala además que el Supremo avaló las decisiones previas sobre este asunto.

Si Borràs perdiera su acta y dejara de ser presidenta del Parlament (ahora lo es pero está suspendida desde julio), se pondría en marcha el proceso para su relevo. Una batalla política, que aún no está nada clara. Junts aún tiene que decidir si renuncia o presenta un candidato. ERC propone a los de Puigdemont y a la CUP pactar el aspirante. Si no llegan a un acuerdo, el PSC podría llevarse el gato al agua, como primera fuerza de la Cámara catalana.

Horas antes de la decisión de la Junta Electoral, los abogados de Borràs han recurrido su condena dictada por el TSJC. En un auto conocido este jueves, el alto tribunal catalán ha anunciado el recurso y ha emplazado a la defensa de Borràs a comparecer ante el Supremo en un máximo de 15 días para presentar el recurso. La Fiscalía ya dijo que renunciaba al recurso. Los abogados de Borràs alegan un total de 12 vulneraciones de derechos.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios