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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena a tres años de prisión al contable que se apropió de 560.000 euros de la empresa de su cuñado en Salamanca, una conocida empresa salmantina que se dedica a la instalación, venta y reparación de calderas, radiadores, etc. que tiene su sede en el Polígono Industrial de Los Villares.
La Audiencia Provincial de Salamanca dictó sentencia el 31 de mayo de 2022 condenando al acusado, que trabajó para la empresa desde diciembre de 1996 hasta noviembre de 2016 como responsable del departamento de administración; él era el encargado de recibir el dinero en efectivo que se cobraba por los técnicos en las reparaciones que se hacían constar en las Hojas de Trabajo, y era el encargado de custodiar el dinero hasta su ingreso bancario, guardándolo en un lugar de la oficina del que sólo él disponía de llave, debiendo ingresarlo en el banco. El acusado no ingresaba la totalidad del dinero que recibía, sino hacía suyo parte del mismo y no realizaba facturas de los servicios a que se correspondía la cantidad de la que se apoderaba o hacía la factura, pero no ingresaba el dinero en la cuenta de la empresa. Así, a finales del año 2015, se ponen de relevancia determinadas incongruencias en la contabilidad de la empresa, que alertan de que pueda haberse producido una disposición fraudulenta de sumas importantes de dinero. El acusado, cuando la empresa le comunicó que tenía conocimiento de su actuación con base en las comprobaciones realizadas a raíz de observar incongruencias en la contabilidad ingresó al Administrador 140.000 € como una supuesta deuda civil inexistente que pretendía encubrir el apoderamiento ilícito de las cantidades antes señaladas por importe muy superior. Si embargo, en el periodo comprendido entre el 1/01/2005 al 31/12/2015 se constata que el acusado se apropió de la suma de (631.922,31 €).
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La sentencia condenaba al acusado como autorresponsable de autor responsable de un delito continuado de apropiación indebida, a las penas de 3 años de prisión, y 5 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros. Así como a indemnizar a la querellante perjudicada en la suma de (559.206,71 €).
El condenado interpuso como motivos de impugnación error en la valoración de la prueba, a continuación vulneración del principio acusatorio y del derecho de defensa en relación al derecho a un proceso con todas las garantías. Sin embargo, el TSJ ha confirmado la misma pena con imposición de las costas de esta segunda instancia, al recurrente.
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