El municipio de Salamanca que se pone serio con los patinetes: hasta 500 euros de sanción
Ciudad Rodrigo aprueba su nueva ordenanza para los vehículos de movilidad personal, que no podrán ser conducidos por menores de 16 años
El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo ha aprobado recientemente su nueva Ordenanza reguladora de los vehículos de movilidad personal ante la proliferación los últimos años de los vehículos de movilidad personal (patinetes eléctricos, monociclos y similares).
Entre los puntos más destacados de la ordenanza -que entrará en vigo dentro de 15 días-, se expesa que solo podrán ser manejados por mayores de 16 años y que prohibida su circulación por aceras, paseos peatonales, jardines, zonas arboladas, parques, alamedas, así como por las travesías: avdas. de Salamanca, España, Portugal, Béjar y Foxá y la calle Clemente Velasco de la localidad mirobrigense. Además, estos vehículos deberán contar con luces delantera y trasera, así como la obligatoriedad del uso del casco por parte del conductor.
La ordenanza gestiona los vehículos de una o más ruedas, propulsado exclusivamente por un motor eléctrico, que puede alcanzar una velocidad comprendida entre 6 y 25 km/h, que circulen por las vías y espacios públicos del municipio de Ciudad Rodrigo, así como a las empresas que ofrezcan servicios de alquiler de estos vehículos, que se pudieran establecer en su caso.
Algunos puntos destacados de la ordenanza
• Este tipo de vehículos deberán circular lo más próximo a la derecha de la vía, dejando una separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados.
• No se podrá circular con VPM utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.
• Los conductores de VPM estarán sometidos a las pruebas de detección de alcohol y drogas.
• Los usuarios deberán utilizar elementos reflectantes y un timbre o dispositivo sonoro para alertar a otros usuarios de la vía.
• Durante la noche o en condiciones de baja visibilidad, los VMP deben disponer de luces delanteras y traseras, así como de elementos reflectantes.
Las multas
Las multas leves serán castigadas con 80 euros, las graves con 200 y las muy graves, con 500.
Se consideran leves, por ejemplo, circular sin los elementos reflectantes o luces requeridos, o llevar pasajero/os.
Las graves son, por ejemplo, circular por zonas prohibidas, como aceras o paseos peatonales; superar la velocidad permitida; y no hacer uso del casco.
Y las muy graves, conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes; poner en peligro la integridad de peatones u otros usuarios; y conducir sin haber alcanzado la edad de 16 años.
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