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Mikel Casal
¿Puedo elegir médico? ¿y pedir que me adelanten una cita? Estos son tus derechos como paciente

¿Puedo elegir médico? ¿y pedir que me adelanten una cita? Estos son tus derechos como paciente

«Tenemos la obligación de exigir que nos atiendan y debemos hacerlo por escrito. De nada sirve montar un escándalo en el mostrador», aconsejan los expertos

Sábado, 6 de mayo 2023, 00:10

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Margarita (68 años) tiene un problema de visión y le han dado cita con el oftalmólogo para febrero de 2024; Martín (11 años) ha estado más de un año en lista de espera para someterse a una prueba en quirófano porque «faltaba una medicación»; Pedro (75 años) ha llamado tres veces a su centro de salud para que le vea su médico sin éxito –«al parecer, está de baja y no lo han sustituído»–; Mari Carmen (83) ha pedido cita con el reumatólogo para que le mire la rodilla, pero el especialista no tiene hueco hasta mediados del año que viene... Todos han protestado mucho en casa y con sus conocidos, pero ninguno de ellos (pacientes de diferentes comunidades autónomas) ha reclamado que le atiendan antes. «Y tienen todo el derecho a hacerlo, lo que pasa es que no lo saben», asegura Carmen Flores, presidenta de la asociación Defensor del Paciente.

Lo del derecho no es una manera de hablar, «es una reivindicación legítima», añade la experta. En nuestro país, los derechos del paciente –y también los deberes, ojo– se recogen en diversas normas. «El marco general lo establecen la Constitución y la Ley General de Sanidad de 1986, aunque no fue hasta 2002 cuando entró en vigor una normativa más detallada de la que son responsables, en buena medida, las comunidades autónomas. Tras diversos vaivenes legislativos, el Real Decreto Ley de 2018 es el que regula el acceso al sistema nacional de salud en condiciones de equidad y universalidad de todos los ciudadanos residentes en España», precisan en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

La normativa recoge el derecho de los pacientes a estar informados, a poder acceder al historial clínico, a que se respete su voluntad, a decidir sobre su salud..., «pero también a elegir médico y hospital, a reclamar cuando no estamos conformes con el trato recibido, a que nos informen sobre el estado de un familiar ingresado o a que un especialista nos atienda en un plazo razonable. Y razonable no son varios meses, porque para eso existe una ley de garantías elaborada por los propios consejeros de Sanidad que así lo recoge. Por ejemplo, desde que nos ve el anestesista, la espera para una operación debe de ser prácticamente cero, de una semana como mucho. Sin embargo, no se cumple y encima se da la paradoja de que algunas autonomías presumen públicamente de tener una lista de espera quirúrgica... ¡de medio año!», se duele Carmen Flores.

Retrasar una operación

¿Qué se puede hacer ante una situación de este tipo? «Reclamar por escrito», coinciden los expertos. «El paciente tiene derecho a presentar reclamaciones por defectos del funcionamiento, por falta de organización, por el trato recibido y por los recursos existentes en los centros sanitarios», especifican en la OCU. «Es decir, no vale poner la excusa de que un médico no puede atenderte porque está de baja o que se retrasa una operación por falta de quirófano porque esos no son problemas del paciente. Tenemos la obligación de exigir que nos atiendan y debemos hacerlo por escrito. De nada sirve montar un escándalo en el mostrador o enfadarnos en la intimidad de nuestras casas. Si no se reclama es imposible que nos adelanten la cita», advierten los expertos.

Otro derecho que tenemos y «que no siempre se cumple es a conocer el estado de salud de un familiar ingresado, a que nos digan cómo se encuentra, qué pruebas le van a hacer... Además, esta información debe comunicarse de forma comprensible y adecuada a las necesidades de cada uno. Cuando el paciente es terminal, la familia es la que tiene que dar la autorización para sedarlo y nos estamos encontrando con casos en los que se le seda sin contar con el visto bueno de los familiares», denuncia Carmen Flores.

El acceso al historial clínico –el conjunto de documentos que contienen todos los datos, valoraciones e información sanitaria del paciente– es otro de nuestros derechos. «Y podemos solicitarlo siempre que lo consideremos necesario». Una duda frecuente se refiere al llamado consentimiento informado, «ese documento que se firma antes de una operación». El paciente no solo confirma que se presenta voluntariamente a la intervención, sino que también ha sido informado de todo el proceso. «Ahora bien, este consentimiento no exime al médico de sus responsabilidades, independientemente de que la operación se haya hecho correctamente», insisten en la OCU.

Otro de los derechos que muchos ciudadanos desconocen es que pueden elegir médico y hospital. «El problema es que, como están todos los centros tan saturados, este derecho se queda en nada en la mayoría de los casos. Pero esto no solo ocurre en la sanidad pública. A un compañero de la asociación le acaban de dar vez para el oftalmólogo de su seguro privado para... julio», desvela Flores.

5 millones, la mayor indemnización por negligencia médica

Ascensión Parra, la madre de la niña,

El Juzgado de lo Penal 1 de Ciudad Real dictó hace tres años una sentencia histórica en el ámbito de las negligencias médicas. El juez condenó al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) a pagar 5,5 millones de euros a unos padres por las graves secuelas que sufrió su hija al nacer, el 14 de octubre de 2012. Según recoge la sentencia, el médico y la matrona que atendieron el parto en el hospital de Valdepeñas actuaron «con un proceder absolutamente negligente» al ignorar los síntomas de sufrimiento fetal que presentaba la niña, que necesitará «una atención integral y completa durante las 24 horas del día, incluyendo la noche por problemas de atragantamiento». La familia decidió entonces ponerse en contacto con la asociación El Defensor del Paciente y denunciaron el caso por la vía penal. El fallo estableció una indemnización de 2,59 millones de euros para la familia y una pensión de 25.500 euros anuales mientras la niña viva, cantidades a las que había que sumar los intereses de demora. Finalmente, el SESCAM llegó a un acuerdo con los padres para indemnizarlos con casi 5 millones de euros y evitar así que el caso acabase en el Tribunal Supremo.

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