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S. M.
Martes, 31 de mayo 2022, 00:07
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Son un vehículo más, pero viendo el comportamiento de sus conductores, no lo parecen. Y con un alto desconocimiento de las normas. Por este motivo, la ley de tráfico se ha puesto dura y es clara a la hora de llevar un patinete o bicicleta eléctrica: no puedes llevar puesto los auriculares, tampoco utilizar el móvil o cualquier otro dispositivo mientras vas conduciendo.
Al igual que tampoco se puede superar los límites de velocidad ni los de alcoholemia (incluye el 0,0 para los menores). Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
En el caso de este tipo de vehículos el uso del casco también es obligatorio y no se puede circular por la acera, así como prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. Asimismo, la reforma legal pretende incluir en breve, el uso de prendas reflectantes, certificados para los patinetes y permisos específicos.
Por su parte, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado instrucciones con medidas básicas sobre el uso de patinetes eléctricos pero deja a los Ayuntamientos la potestad de legislar su utilización a la espera de que se produzca una reforma del Reglamento General de Circulación. Así, no es lo mismo utilizar un patinete eléctrico en una ciudad como Barcelona que hacerlo en Madrid.
Los conductores de patinetes eléctricos se han convertido en un usuario más de la vía, teniendo que convivir con coches, camiones, furgonetas y, por supuesto, con otros usuarios más vulnerables como peatones, ciclistas o motociclistas. Ante su mayor presencia en las ciudades, es necesario contar con un documento único que recoja la normativa vigente en parte de España. Así, se establece:
-Un VMP es un vehículo de una o más ruedas, de una única plaza y propulsado únicamente por motores eléctricos. Su velocidad máxima es de 25 km/h.
-Está prohibido conducir bajos los efectos del alcohol
-Prohibido conducir usando el móvil y auriculares.
-También está prohibido circular por aceras.
-Es recomendable el uso de timbre e iluminación.
-El uso de casco y otros elementos de protección será marcado por cada Ordenanza Municipal.
-En los VMP solo se autoriza a transportar a una persona.
-Las Ordenanzas Municipales establecerán las prohibiciones de paradas y estacionamientos y lugares donde es posible la circulación.
Pero cada municipio puede tener una normativa específica. Por eso Norauto ha publicado la primera guía que recoge la normativa ofrecida por la DGT y las ordenanzas vigentes en ciudades como Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla y Pamplona. Esta guía se irá actualizando acorde a la normativa existente y actualizaciones de las ordenanzas municipales.
Por ejemplo, mientras que en Madrid la edad mínima para su utilización es de 15 años, en Barcelona se fija en 16. Esta misma edad es para Valencia, mientras que en Pamplona estamos hablando de 14 años y de 15 en Sevilla. Esto mismo ocurre a la hora de conocer por qué vías se puede circular, la velocidad máxima que se puede alcanzar o prohibiciones en lo que respecta al aparcamiento.
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